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Derecho a paro de las empleadas de hogar

El Consejo de Ministros del día 6 de septiembre de 2022 ha aprobado el “derecho a paro” de las empleadas del hogar mejorando así las condiciones de trabajo y de seguridad social de este colectivo, por lo que las empleadas de hogar contarán con una prestación en caso de desempleo. 

Se da efectividad así a la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (STJUE) de 24 de febrero de 2022, C-389/20 que reconoció la discriminación indirecta por razón de sexo sufrida por este colectivo, prohibida por la Directiva  sobre igualdad en materia de seguridad social

De este modo, el Real Decreto-Ley aprueba la mejora de las condiciones de trabajo y de seguridad social y finalmente las trabajadoras del hogar dados de alta en la Seguridad Social, tendrán derecho a cobrar el paro en España y, por lo tanto, deberán cotizar por dicho concepto. Si bien no será con carácter retroactivo aunque esperaremos a la publicación de la norma en el Boletín Oficial del Estado. 

Situación empleadas del hogar 2022

El régimen laboral de los trabajadores dedicados al servicio del hogar es un régimen especial se encuentra regulada, entre otras normas, en el Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre,por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar.

El principal cambio que incorpora la nueva normativa es que, a partir de ahora, las trabajadoras de hogar tendrán el derecho a la prestación por desempleo, así como a las asistenciales cuando no se tiene derecho a la contributiva.

No obstante, la medida incluye varios aspectos importantes que queremos exponer:

  • Fin del desistimiento: se elimina la figura del desistimiento, que permitía el despido sin causa y, por tanto, sin las garantías del despido para tales situaciones, al permitir prescindir de las trabajadoras del hogar sin justificar causa alguna. A partir de ahora se deberán acreditar los motivos que puedan dar lugar a la finalización del contrato con las empleadas, extendiendo, en consecuencia, la protección frente al despido.
  • Formación: el Gobierno desarrollará políticas de formación y acreditación para las personas empleadas del hogar dedicadas al cuidado o la atención de las personas que formen parte del ámbito doméstico y familiar. Estas iniciativas tendrán en cuenta las particulares condiciones de trabajo en este sector y las personas trabajadoras que desarrollan su actividad en él.
  • Enfermedades profesionales: La norma establece también el compromiso de creación de una comisión de estudio cuyo objetivo es la inclusión de la perspectiva de género en el cuadro de enfermedades para que se identifiquen y se corrijan las deficiencias que existen en el ámbito de la protección ante las enfermedades profesionales de los trabajos desarrollados mayoritariamente por mujeres.

¿Cuánto subirá la cotización de las empleadas del hogar?

De acuerdo con los ejemplos de la Seguridad Social, la cotización por desempleo de las trabajadoras del hogar supondrá un  incremento de la cuota mensual a la Seguridad Social de 31,38 euros en el caso de cotizar por una base de 1.166,7 euros o de 4,49 euros en una de 500 euros.

De este modo, la nueva contingencia por desempleo supone un tipo del 6% sobre la base de la persona empleada, de la que el empleador asume el 5% y el trabajador, el 1%.

A ello se suma, el 0,2 % para el Fogasa supondrá  según los datos facilitados por la Seguridad Social que actualizará de forma automática las cuotas que se cargan a los empleadores.

Bonificaciones 

Será obligatorio cotizar por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) a partir del 1 de octubre o 1 de enero, según los casos. 

Ahora bien, para que estas cotizaciones no supongan un esfuerzo económico para los empleadores, se establece una bonificación del 80% en las aportaciones empresariales a la cotización por desempleo y al FOGASA.

Asimismo, se mantiene la reducción de un 20% en la aportación empresarial a la cotización por contingencias comunes correspondiente a este Sistema Especial. Además, se van a incrementar los tramos de bonificación superiores al 20%, en función de la composición del hogar y también de los niveles de renta y de patrimonio, lo que permitirá aumentar el número de beneficiarios. Los requisitos de estas bonificaciones se fijarán reglamentariamente.

Por otro lado, el real decreto-ley también establece que los empleadores asumirán las obligaciones en materia de cotización para los trabajadores que presten sus servicios durante menos de 60 horas/mes por empleador, eliminándose la posibilidad de que sean los trabajadores los que soliciten directamente su afiliación, altas, bajas y variaciones de datos.

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