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Soy empresario/a y me voy a divorciar
¿como afecta a mi empresa?

Si eres empresario/a y tienes un negocio es importante conocer cómo afectaría un divorcio a tu empresa.

En primer lugar, hay que tener en cuenta el régimen económico matrimonial y, además, en qué momento constituiste la empresa (antes o después del matrimonio).

empresa y divorcio Iuris EméritaEn este sentido, el matrimonio puede elegir o modificar el régimen económico que más les convenga. ¿Cómo? Pues a través de capitulaciones matrimoniales, otorgadas siempre ante NOTARIO, y que deberán estar inscritas en el Registro Civil para que surtan efectos.

Si no se otorgan, el régimen económico es el de sociedad de gananciales.

empresa y divorcioAsí, nos podemos encontrar con varias situaciones:

  1. Creaste la empresa estando soltero/a.
  2. Creaste la empresa estando soltero/a y después te casaste en gananciales o separación de bienes.
  3. Creaste la empresa durante el matrimonio y en separación de bienes.
  4. Creaste la empresa durante el matrimonio y en Bienes Gananciales. 

1. Creaste la empresa estando soltero/a.

En este caso, debemos diferenciar si eres autónomo o sociedad.

Si eres autónomo puedes decir que todo es tuyo: deudas y beneficios.

Por el contrario, si constituiste tu empresa como una sociedad (S.L.; S.A.) y eres titular de todas las acciones o participaciones, el divorcio no afectará a la actividad empresarial. Continuarás funcionando como hasta ahora.

2Creaste la empresa estando soltero y después te casaste.

Si iniciaste tu empresa estando soltero pero después te casas, depende del régimen matrimonial que escogiste en su momento

  • Elegiste el régimen de gananciales: En este caso tanto deudas como beneficios tienen carácter ganancial, es de los dos miembros del matrimonio; y en consecuencia, la empresa se tendrá en cuenta a la hora de liquidar gananciales en caso de divorcio.
  • Elegiste el régimen de separación de bienes: Si este es el caso, la empresa no se verá afectada puesto que las deudas y ganancias te corresponden solo a ti.

3. Creaste la empresa durante el matrimonio y en separación de bienes.

En este supuesto también debemos diferenciar dos situaciones.

  • Si eres autónomo todo aquello que genere la empresa será tuyo de modo que el divorcio no afectará en modo alguno al funcionamiento de la empresa y la titularidad de la misma.
  • Si tu empresa es una sociedad. Es posible que las participaciones las hayáis repartido al 50% o cualquier otro porcentaje o bien sea titular uno de los cónyuges.

   Nos encontramos, pues, ante dos socios de una empresa y por tanto, en caso de divorcio y, en su caso, de liquidación de la empresa no habrá diferencia alguna con cualquier otra empresa. 

4. Creaste la empresa durante el matrimonio y en Bienes Gananciales

divorcio empresarioSuele ser el supuesto más común y también el que más problemas genera. Y al igual que los anteriores hay que diferenciar varias situaciones.

  • Si eres autónomo debes tener en cuenta que todo lo generado por la empresa (deudas y beneficios) también pertenece a tu cónyuge. En caso de divorcio, la empresa será un activo más del matrimonio y quedará incluido en la liquidación de gananciales.
  • Si tu empresa es una sociedad, las acciones o participaciones también serán de titularidad ganancial; y en consecuencia entrarán en la liquidación de gananciales en el divorcio.

Sin embargo, existe una excepción a esta última situación: Que se acredite que  el dinero con el que se adquieren las acciones o participaciones de la empresa es de uno de los cónyuges. De este modo la empresa tendrá carácter privativo aunque exista matrimonio en régimen ganancial y no le afectará en caso de divorcio.

autónomo y divorcioUna ruptura sentimental no es plato de buen gusto para nadie. Por eso es importante encontrar la mejor solución llegando a acuerdos ya que hablando, se entiende la gente.

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