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Subida del salario mínimo 2019 ¿para todos los trabajadores?

Son varios los clientes que tras recibir su primera nómina después de la entrada en vigor de la subida del salario mínimo interprofesional (SMI), se han visto sorprendidos ya que su salario base no indica 900 euros. Y nos preguntan ¿a mí no me suben el sueldo?

¿Qué es el salario mínimo?

El SMI fija la cuantía retributiva mínima bruta que percibirá el trabajador referida a la jornada legal de trabajo, de modo que una persona que trabaje 40 horas semanales deberá cobrar como mínimo 900 euros; mientras que una persona que trabaje a tiempo parcial su salario será prorrateado por las hora que trabaje, pero nunca menos.

Subida del salario mínimo interprofesional (SMI) en el año 2019

La subida del salario mínimo interprofesional, respecto al año 2018, se produce con la publicación del Real Decreto 1462/2018, de 21 de Diciembre, quedando de la siguiente forma:

  • Salario diario: 30 €/día.
  • Salario mensual: 900 €/mes.

Tal y como se extrae de la norma, el cómputo anual del SMI en ningún caso podrá ser inferior a 12.600 euros. Sin embargo, hay que tener en cuenta que los 900 € mensuales se reparten en 14 pagas, por lo que si se prorratean en 12 meses, el salario mínimo será de 1.050 euros brutos al mes.

Al mínimo anterior se sumarán, según indique el convenio o contrato de trabajo, los complementos salariales a que se refiere el artículo 26,3 del Estatuto de los Trabajadores.

¿Y si mi contrato es por jornada parcial? 

El cálculo indicado en el apartado anterior es para trabajadores a jornada completa (40 horas/semana) de modo que si nuestro contrato es por jornada parcial  habrá que calcularlo proporcionalmente.

La subida del salario ¿es para todos los trabajadores? 

La respuesta es NO; no todos los trabajadores verán incrementado su salario por la subida aprobada; esto es lo que las noticias no han dicho y está provocando dolores de cabeza.

Así que vamos a intentar explicarlo.

En este sentido, la subida afectará directamente solo a los trabajadores que en cómputo anual cobren menos de 12.600 € y trabajen a jornada completa. Para el caso de trabajar con jornada parcial, hay que calcular de forma proporcional al número de horas trabajadas como hemos indicado ya.

En este caso, la subida del salario deberá ser automática por parte de la empresa.

Por su parte, el resto de trabajadores se verán beneficiados indirectamente puesto que la subida salarial conlleva el incremento de los límites de los importes que abona el FOGASA (salarios e indemnizaciones) o el salario que no podrá ser embargado.

En definitiva,  la subida salarial afecta principalmente a aquellos trabajadores que no tienen convenios colectivos y que, salvo pacto con el empresario, estén cobrando el SMI. 

¿Que pasa si el convenio colectivo indica un salario inferior a 900 euros?

Debemos dejar claro que el convenio nunca puede recoger un salario inferior al nuevo salario mínimo interprofesional; así que aquellos trabajadores que cobren, conforme a convenio, un salario inferior o el salario mínimo, verán incrementada su nómina.

¿Y si el trabajador percibe un salario superior a 900 euros?

Aunque el trabajador perciba un salario superior a los 900 € en los que se fija el SMI, puede verse beneficiado por la subida salarial. Si bien, hay que tener en cuenta la naturaleza salarial o extrasalarial de los conceptos que aparecen en la nómina.

Y ello porque existen conceptos salariales que retribuyen una cuestión específica (transporte, vestimenta…) y, en consecuencia, no pueden ser utilizados por la empresa para compensar la subida salarial.

¿Que hago si la empresa no me sube el salario?

La nómina del mes de enero deberá reflejar ya la subida salarial. Si no es así, el trabajador puede reclamar a su empresa para que le abonen las cantidades debidas.  

Para ello, los trabajadores disponen de un año para reclamar esas cantidades y que se refleje en su nómina la subida del salario mínimo 2019.

En cualquier caso, desde Iuris Emérita Abogados aconsejamos verificar la nómina para comprobar si le corresponde subida salarial o si la empresa la ha realizado correctamente ya que la empresa puede aplicar erróneamente la “compensación o absorción”, que permiten suprimir o menguar unos conceptos de la nómina, y en consecuencia, la subida puede ser cero.

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